Desde hace un tiempo los seguros de salud privados están dejando de considerarse como artículos de lujo para convertirse en una necesidad, las interminables listas de espera y las diferencias entre Comunidades Autónomas hacen que muchas personas se decanten por este tipo de seguros. Además, debido a este aumento en la demanda, las compañías de seguros están revisando precios para adaptar sus ofertas a todo tipo de clientes.

Está claro que el colectivo que más tiene que recurrir a los seguros de salud privados es el de trabajadores por cuenta propia, ya que una baja por accidente, una enfermedad, o una intervención quirúrgica implica quedarse sin ingresos, a menos que hayan sido previsores y tengan una póliza de seguro de baja laboral (en este artículo te explicamos sus ventajas https://asesorestorres.es/para-que-sirve-y-que-ventajas-tiene-un-seguro-de-baja-laboral/).

Lo que no es tan conocido es que Hacienda permite, de acuerdo con la Ley 35/2006 del impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas, reducir la base imponible de este impuesto hasta un máximo de 500 € anuales, por las primas satisfechas a una compañía de seguros médicos.

Según la Agencia Tributaria “tendrán la consideración de gasto deducible para la determinación del rendimiento neto en estimación directa, las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y a la de su cónyuge e hijos menores de veinticinco años que convivan con él” siendo el límite máximo permitido para deducirse de 500 euros por cada una de las personas descritas, o 1500 euros si son personas con algún tipo de discapacidad.

Por lo que no solo se beneficia el autónomo, sino también su cónyuge y cada miembro de la familia menor 25 años que sigan conviviendo en el domicilio familiar, siendo el límite máximo por familia de 4500€.

¿Qué hay que hacer para desgravar el seguro médico?

Para poder desgravar el seguro médico en la declaración del IRPF es necesario conservar la póliza y los recibos bancarios que demuestren que se ha efectuado el pago a la compañía de seguros, tanto los del autónomo como los de cada miembro de la familia que se acoja a su derecho de deducción.

Es imprescindible que el pago de las cuotas del seguro se haya realizado y que este contabilizado correctamente además de tener el documento que lo justifique, como ya hemos indicado.

A la hora de la deducción se puede optar por hacerlo en pagos fraccionados (modelo 130) o en uno solo.

Como conclusión podemos decir que además de la tranquilidad que supone tener un seguro médico tanto para el autónomo como para su familia, otra gran ventaja es el poder deducir las cuotas pagadas a la compañía de seguros en la base imponible del IRPF.