Todo el mundo es consciente del aumento que está experimentando la inversión en criptoactivos, y nadie ignora la intensa agitación que se está produciendo en los últimos tiempos. La falta de regulación y las subidas y bajadas de valor hacen que este tipo de inversiones sean arriesgadas. Además, la aparición de noticias como la de Stefan Thomas, que no consigue acceder a sus cuentas de bitcoin (por valor de casi 250 millones de euros a principios de 2022) porque no recuerda las claves para acceder a los discos duros encriptados donde los guardaba, no ayuda a la normalización de las inversiones. De hecho, según la firma Chainalysis, entre el 17% y el 23% de los bitcoins existentes no se pueden recuperar por este tipo de causas.

Lo que no todo el mundo sabe es que estos activos pueden ser asegurados. Los llamados criptoactivos son un producto de la tecnología, lo que significa que están constantemente sujetos a ciberataques. Si añadimos el hecho de que la mayoría de los inversores tienen conocimientos informáticos medios el riesgo existente es elevado.

Podemos encontrar desde 2014 pólizas en el mercado anglosajón que cubren el pago de rescates en criptomonedas. Lloyd’s desarrolló en 2018 un seguro para cubrir las pérdidas ocasionadas por ataques cibernéticos en criptoactivos. Además, los seguros de D&O podrían cubrir casos por falta de diligencia de un administrador al tener un elevado número de criptomonedas en un mismo activo en el balance y que pierdan su valor de forma repentina.

Además, desde 2013, se han implementado pólizas que cubren el intercambio de criptoactivos, y hay compañías de seguros que tienen pólizas para activos digitales, especialmente para el almacenamiento seguro de claves privadas de activos digitales en instalaciones de bóveda tradicionales.

Por lo tanto, existen en la actualidad pólizas que están desarrolladas para inversores en criptoactivos que cubren la pérdida, robo o piratería de criptomoneda y datos valiosos, así como desastres naturales y colusión interna, también cubren los datos de titulares de monedas/tokens o la pérdida de información debido a negligencia, piratería, malware, etc.

Aunque hay que estar atentos a las cláusulas de las pólizas, sobre todo en lo referente a las exclusiones. Por ejemplo, en el proceso legal de Bitpay contra Massachusetts Bay Ins. Co., Caso No. 15-03238 (N.D. Ga.), donde la póliza limita su cobertura a la acción directa ejecutada por terceros hackers, cuando el asegurado fue víctima de un ataque de phisihing, donde un empleado de la empresa era controlado sin saberlo por un hacker externo, la aseguradora denegó la cobertura y ganó el pleito.El mercado de los seguros está muy regulado, al contrario que la industria de la criptografía, que apenas lo está. Así como los bancos están obligados a asegurar los fondos de los clientes, no pasa lo mismo en las bolsas de criptomonedas.

A todo esto tenemos que sumarle el precio de este tipo de seguros, donde la prima anual suele rondar el 5% del límite de la cobertura, lo que implica una gran dificultad a la hora de comercializarlos, aunque el principal problema es la apenas existente regulación de los criptoactivos y la inseguridad que genera en el mercado de los seguros.

Por ello, en la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los mercados de criptoactivos y por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937, entre las obligaciones que impone en su capítulo dos a todos los proveedores de servicios de criptoactivos prevé que dichos proveedores dispongan en todo momento de unas cuantías económicas aseguradas (calculadas en función de la naturaleza de los servicios de criptoactivos prestados), bien mediante fondos propios, bien mediante una póliza de seguro que cubra los territorios de la Unión en los que se presten activamente servicios de criptoactivos o una garantía comparable.

Por todo ello las pólizas deberán incluir la duración inicial que no puede ser inferior a un año y deberán estar suscritas por empresas autorizadas de conformidad con el derecho de la UE o el derecho nacional, así como una cobertura frente a riesgos como pérdida de documentos, declaraciones falsas o engañosas, pérdidas derivadas de interrupciones de la actividad o fallos del sistema o cuando sea aplicable al modelo de negocio, negligencia grave en la protección de los criptoactivos y fondos de los clientes.