Las energías renovables se han convertido en una realidad y serán el futuro, tanto es así que se estima que para el año 2030 la totalidad de la energía generada será renovable. Además, hoy en día montar una planta de energía renovable, ya sea fotovoltaica, biomasa o eólica, no es tan impredecible como solía ser gracias a las mejoras tecnológicas que han aumentado la productividad de las placas o molinos de viento.

Además de los gastos de instalación, tecnología y terrenos, existen otros gastos que deben tenerse en cuenta: los costos asociados a los requisitos burocráticos, que suelen ser pasados por alto al montar una planta de energías renovables, y que pueden afectar negativamente las cuentas.

Si estás involucrado en la instalación o construcción de una planta de energía renovable, es probable que estés familiarizado con los avales de punto de conexión. Estos avales son importantes para cumplir con las exigencias burocráticas y permitir la conexión de la planta a la red eléctrica.

¿Qué son los avales de punto de conexión?

Los avales de punto de conexión son fianzas obligatorias para conectar una planta de energía renovable a la red eléctrica. También se les conoce como avales de acceso a la red o avales de energías renovables.

Los avales también son requeridos para participar en la próxima subasta de capacidad de acceso a la red convocada por el MITECO.

¿Por qué lo exige la Administración?

Las obligaciones que cubre la garantía, según establece la ley, incluyen la obtención en tiempo y forma de la autorización de explotación, la no renuncia voluntaria a la tramitación administrativa de la instalación, y la respuesta a los requerimientos de información o actuación de la Administración en un plazo de tres meses.

En resumen, la Administración requiere avales de este tipo para protegerse ante la posibilidad de que el promotor abandone el proyecto. De esta manera, la Administración se asegura que el promotor está comprometido y cooperará activamente con ella.

Cuantía de los avales para fotovoltaica

La rentabilidad de una inversión es crucial para cualquier inversor. Los gastos asociados a la inversión pueden tener un impacto significativo en la rentabilidad. En el caso de los avales de puntos de conexión, su cuantía ha sido modificada varias veces y actualmente se sitúa en 40€/KW instalado según el último cambio normativo.

Existen exenciones de aportar la garantía de punto de conexión en los siguientes casos:

  • Cuando la potencia de la instalación sea menor a 15KW.
  • Cuando se trate de una instalación tipo I destinada exclusivamente al autoconsumo.

Es importante destacar que, aunque la mayoría de las instalaciones tipo I están destinadas al autoconsumo, algunas tienen consideración de producción y en estos casos sí se requiere la garantía de punto de conexión.

¿Cuándo y a quién hay que presentar el aval?

El aval debe presentarse junto con la documentación para solicitar el punto de conexión a la red suministradora correspondiente. Es un requisito obligatorio para iniciar el proceso de estudio de la solicitud por parte de la Administración. Sin el aval, la Administración no iniciará los procedimientos de conexión y acceso a la red de distribución, aunque se haya solicitado el punto de conexión.

Según lo establecido por la ley, la presentación del aval dependerá de la potencia de la instalación. Para instalaciones con una potencia superior a 50 MW o instalaciones con una potencia inferior a 50 MW en una ubicación offshore, se presentará ante la Dirección General de Política Energética y Minas, mientras que para instalaciones con una potencia igual o inferior a 50 MW, se presentará ante el Órgano Autonómico competente.

¿En qué situaciones se ejecuta la garantía?

La garantía se ejecutará si el promotor no cumple con alguna de sus obligaciones:

  • No haber obtenido la autorización de explotación a tiempo,
  • Desistir voluntariamente de la tramitación de la instalación
  • No responder a los requerimientos de información o actuación de la Administración en un plazo de 3 meses.

¿Cómo se puede presentar la garantía?

La ley permite que la garantía sea presentada a través de un aval bancario, un seguro de caución o una sociedad de garantías recíprocas. El aval bancario y el seguro de caución son las opciones más comunes.

En Torres Asesores de Seguros contamos con una amplia experiencia en la gestión de avales de punto de conexión y te asesoraremos en todo momento para preservar la capacidad financiera de tu empresa.